Ordenanza reformatoria a la ordenanza municipal de urbanismo, construcción y ornato del cantón Loja
Parte del bienestar al que tienen derecho todas las personas, constituye la disponibilidad de condiciones mínimas de habitabilidad, vinculadas al cumplimiento de las más elementales necesidades que permitan condiciones de privacidad y confort, y además expresen la calidad de vida de los miembros de los hogares.
El Censo realizado por el INEC, el año 2010, establece que el cantón Loja, cuenta con una población de 214.855 habitantes, donde el 37% de familias no dispone de vivienda propia, es decir, en nuestro cantón aproximadamente existe un déficit de 20.000 viviendas.
Por otro lado, existe una alta demanda de lotes y viviendas en el cantón Loja y la baja oferta (originada por limitaciones de topografía y de infraestructura sanitaria, vial, eléctrica y de otros servicios), demanda que obliga a la creación de nuevas urbanizaciones que demandan la implementación de vías de acceso, servicios de agua potable, alcantarillado, energía eléctrica, telefonía, TV cable, internet, fibra óptica etc.
Sumada a esta problemática de carácter social, se presentan vacíos en la parte normativa, particularmente en las disposiciones legales respecto de los procesos constructivos, ya que con la aprobación del Plan de Ordenamiento Urbano de la Ciudad de Loja, se dejaron sin establecer algunos indicadores respecto de las construcciones; esto se evidencian por un lado, en la existencia de omisiones e inconsistencias de orden legal y técnico respecto de la Ordenanza Municipal de Urbanismo, Construcción y Ornato del Cantón Loja; y, por otro lado, la falta de normativa para regular ciertos trámites, especialmente los que tienen que ver con la aprobación de edificaciones, tanto en el área urbana como en el área rural del Cantón Loja.