Conforme a la Ordenanza que regula la determinación, gestión y recaudación de Contribución Especial de Mejoras en el cantón Loja, en el título V se estipula la forma y tiempo de pago sobre la base de una tabla.
Con este registro la Dirección Financiera emitirá los títulos de crédito y notificará a los contribuyentes para que procedan a cancelar el pago respectivo.
Como ya se anunció en días anteriores, el Municipio de Loja está cobrando este tributo por obras globales que dan beneficio general y otras que se han emitido por convenios suscritos con los propios habitantes.
La tabla en mención se detalla de la siguiente forma:
MONTO DE CONTRIBUCIÓN |
PLAZO DE PAGO |
|
DESDE |
HASTA |
|
USD 0.01 |
USD 500,00 |
1 AÑO |
USD 500,01 |
USD 1000,00 |
2 AÑOS |
USD 1000,01 |
USD 2000,00 |
3 AÑOS |
USD 2000,01 |
USD 3000,00 |
4 AÑOS |
USD 3000,01 |
USD 4000,00 |
5 AÑOS |
USD 4000,01 |
USD 6000,00 |
6 AÑOS |
USD 6000,01 |
USD 9000,00 |
7 AÑOS |
USD 9000,01 |
EN ADELANTE |
8 AÑOS |
La misma ordenanza señala que "el plazo para el pago de la contribución especial de mejoras será de hasta ocho años, a excepción de las obras financiadas con créditos de organismos nacionales o internacionales cuya recuperación será en el plazo establecido para el pago de capital constante en los contratos de crédito a los que se hubiere recurrido para la ejecución de la obra".
Además indica que se hará un descuento de hasta el 10% si el contribuyente paga de contado el monto de las obligaciones que le corresponde cancelar.